20 septiembre 2011

Los Miedos y Los Beneficios de contratar personas con discapacidad

Las cuestiones suscitadas por el Relator Especial de la ONU apuntan a la existencia de unas actitudes sociales negativas y de unos estereotipos que constituyen una importante barrera al logro de un trato más equitativo en el lugar de trabajo para las personas con discapacidad. Entre estas actitudes figura el temor de que el coste de acomodación de los lugares de trabajo a los discapacitados resulte demasiado elevado, de que éstos no sean productivos o de que los clientes y las demás personas que reciben formación profesional se sientan incómodos en su presencia. Existen, además, otras reticencias asociadas a la presunta debilidad o enfermedad de los discapacitados y de sus posibles efectos sobre la aptitud que demuestran para seguir un programa de formación profesional o para conservar un puesto de trabajo. El denominador común de todos estos argumentos consiste en que se basan en presunciones derivadas de una única característica de estas personas: su condición de discapacitados.

Un beneficio de contratar personas con discapacidad es que la imagen de la empresa mejora, se puede entender esto dentro del termino RSC ( Responsabilidad Social Corporativa ), si los clientes ven que es una empresa comprometida con la sociedad, que se preocupa por dar empleo a quien más lo necesita, es más probable que decidan ser fieles.

El clima laboral se beneficia, pues los compañeros del trabajador con discapacidad, se motivan al ver como este se esfuerza y se sacrifica. Los trabajadores son más solidarios y las tareas en equipo pasan a tener mayor relevancia, esto trae consigo beneficios por las sinergias que en ese trabajo se pudieran dar. Además se dan más oportunidades de socialización a las personas con discapacidad.

Si todavía no te has convencido aquí abajo tienes algunos beneficios económicos, que te aportara la contratación de personas con discapacidad.

1. Deducción en la Renta

El empleador que contrate Personal con Limitación y que esté obligado a presentar de renta y complementarios, tiene derecho a deducir de la renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o período gravable a los trabajadores con limitación, mientras esta vinculación laboral subsista;

2. Menor Cuota de Aprendices

El empleador que esté obligado a cumplir una Cuota de Aprendices, reducirá en un 50% la cantidad de aprendices que debe vincular, si los contratados por él son personas con discapacidad comprobada no inferior al 25%.

Por ejemplo, el empleador que debe vincular 10 aprendices puede contratar sólo 5 y con eso cumplir la cuota de aprendices.

3. Ventajas para la empresa en Licitaciones Públicas

La persona o empresa que contrate personal con limitaciones será preferido en igualdad de condiciones en procesos de contratación estatal por licitación pública, si la nómina cuenta con mínimo el 10 % de empleados con limitación;

4. Créditos con entidades estatales

Prelación en el otorgamiento de créditos subvenciones de organismos estatales, siempre y cuando estos se orienten al desarrollo de planes y programas que impliquen la participación activa y permanente de personas con limitación;

5. Preferencia de sus productos adquiridos por el Estado

Las entidades estatales de todo orden, preferirán en igualdad de condiciones, los productos, bienes y servicios que les sean ofrecidos por entidades sin ánimo de lucro constituidas por las personas con limitación.

Leer más en: : http://actualicese.com/actualidad/2008/08/14/beneficios-de-contratar-limitados/

http://despilfarro.com/los-beneficios-de-contratar-a-personas-discapacitadas/

http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/TextosOnline/EnciclopediaOIT/tomo1/17.pdf

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